A mi parecer, dentro del marco de las profesiones sanitarias, el intrusismo laboral es aún más deleznable, porque afecta a la vida y la salud de otras personas.
Estos sucesos fluyen como fiel reflejo del alma sumida en la indigencia espiritual y moral.
Es peligroso, es inaceptable, es condenable. Afortunadamente en nuestro país hay mecanismos de control y leyes que nos protegen frente a estas peligrosas prácticas.
La primera clave es conocer las funciones de cada profesional. A continuación resumimos las mismas, aunque para mayor información puede consultar el BOE:
Dentista
Este perfil profesional está especializado en el diagnóstico, la prevención y el tratamiento de las afecciones bucodentales y de las estructuras anatómicas adyacentes.
Para llegar a desarrollar esta profesión, la persona debe estudiar un grado sanitario en odontología, el cual se lleva cabo en la universidad. Además puede especializarse mediante uno o diversos masters para alcanzar una maestría en alguna de las subespecialidades odontológicas, y para ejercer, debe estar colegiado obligatoriamente.
Higienista Bucodental
Este perfil profesional se adquiere mediante el estudio de un curso FP de grado superior que dura 2 años. Tienen la obligación de estar colegiad@s para ejercer su actividad laboral, al igual que el/la dentista.
Un/a higienista está capacitad@ para realizar funciones asistenciales en colaboración con el/la dentista. Realiza funciones educacionales de promoción y prevención de la salud oral, y pueden trabajar en boca del paciente según lo establecido en sus funciones (por ejemplo, realizando tartrectomías, mantenimientos periodontales, blanqueamientos, etc).
Además puede colaborar en estudios epidemiológicos y recoger información médica.
Debe estar colegiad@ como requisito para ejercer como higienista.
Como en el caso de un/a higienista, este perfil requiere el estudio de un curso FP de grado superior que dura 2 años. Mediante estos estudios, se adquieren los conocimientos, capacidades y destrezas para la fabricación de elementos protésticos que irán instalados en boca del paciente, sin embargo, l@s protésic@s no están autorizados a trabajar a nivel clínico, esto es, en boca del usuario.
Tienen la obligación de estar colegiad@s para ejercer su actividad laboral, al igual que el/la dentista y el/la higienista.
Auxiliar de Odontología
El equipo auxiliar se forma mediante cursos privados que pueden durar varios meses o bien a través de la experiencia profesional, ya que no existe formación reglada u oficial para suplir esta necesidad de enseñanza.
Generalmente se les conoce también como “Colaboradores de clínica dental”, y ese título es el que suele aparecer en el contrato de trabajo.
Realizan labores asistenciales similares a las de un/a higienista bucodental, pero no están autorizados a realizar tratamientos en boca del paciente (no deben hacer limpiezas, ni blanqueamientos, etc, pero sí colaborar como asistentes en los mismos).
No existe obligación ni posibilidad de colegiación.
Que el intrusismo laboral está a la orden del día y debe ser castigado por su peligrosidad para la salud, es bien sabido.
Todos hemos oído hablar del caso más reciente acaecido en Las Palmas de Gran Canaria, y que las sentencias condenatorias han sido suaves para la gravedad del caso, pero es lo que hay, personas haciéndose pasar por lo que no son, estafando y poniendo en peligro a los pacientes.
Nivel 1. Falsos dentistas.
Son personas que se hacen pasar por odontólogos sin tener la titulación requerida. Suponen un gran peligro para la salud de los pacientes, y una estafa económica. No verás sus títulos en la pared, y si los ves, serán falsos. Puede que trabajen en un local sin cartelería, o sin demasiada información acerca de la actividad que desempeñan. Los instrumentos puede que no sean adecuados. Estas son algunas pistas para reconocerles.
Nivel 2. Protésicos jugando a ser dentistas.
Son mecánicos dentales que piensan que pueden hacer lo mismo que un dentista pero sin haber estudiado el grado, sin colegiación, sin derecho y sin nada de nada. Tratan a los pacientes en el laboratorio, quizá en un sillón improvisado. Muy similar al nivel 1, muy peligroso para el paciente, arriesgado y totalmente ilegal.
Nivel 3. Higienistas contratadas como auxiliares o recepcionistas.
Aunque no se considera intrusismo laboral, es una práctica muy habitual en el ámbito clínico, la figura del higienista no se valora con frecuencia y muchos de los contratos que se ofrecen a estos profesionales son de cualquier cosa menos para ejercer como higienistas. Las higienistas normalmente son contratadas como “Colaboradores de clínica dental” e incluso como personal administrativo con el fin de ahorrar en la contratación, en los seguros y finalmente en el salario del trabajador (que por cierto ya de por sí es bastante miserable «según convenio»).
Obligar a un trabajador a realizar labores que sí requieren tanto conocimientos, como colegiación, y otro tipo de protecciones legales (si en tu comunidad autónoma existe obligación de colegiación, debes cumplirlo), sin el contrato adecuado y sin las condiciones apropiadas, es algo reiterativo en el gremio de la higiene bucodental. Adoramos tener a trabajadores cualificados, pero mejor con un contrato barato.
Afortunadamente, cada vez hay más consultas que valoran a sus empleados y realizan contratos adecuados a la categoría profesional de los mismos.
Nivel 5. Auxiliares haciendo funciones de higienistas.
Muy ligado al punto anterior, el personal auxiliar no está autorizado a realizar tratamientos en boca del paciente de una manera autónoma, puesto que no posee la formación pertinente para ello. También es habitual encontrar perfiles de auxiliares dentales e incluso auxiliares de enfermería realizando funciones típicas del puesto de un higienista.
Nivel 5. Dentistas comprando aparatología para realizar prótesis en clínica.
No se considera intrusismo laboral, de hecho, se reconoce que los dentistas pueden adquirir sistemas Cad/Cam entre otros y hacer todo este tipo de adaptaciones en las prótesis dentro de la clínica. Los dentistas reciben formación en prótesis dental, por lo que están totalmente cualificados para realizar y ajustar prótesis, aunque no tengan una titulación como protésicos.
Sí, puede que sea totalmente legal, pero no deja de ser desleal. Creo que los protésicos dentales hacen muy bien su trabajo y que los costes del mismo no son tan desorbitados como para que los dentistas empiecen a rechazar una parte -y a veces gran parte- de sus servicios con el fin de ahorrarse la pasta como sea. Por cierto que, cada vez gusta más tener un perfil de doble titulación (una higienista titulada como protésico), para que pueda hacer tareas del tipo elaborar férulas de blanqueamiento, etc, además de hacer todo el trabajo habitual del puesto, el clásico 3×1.
Con la salud no se juega, y quien la hace debe pagarlo caro como elemento disuasorio.
La lucha contra el intrusismo y la competencia desleal debe empezar por nuestro conocimiento de las cosas y por la valentía de la denuncia.
Si detectas cualquier caso, denúncialo. Evita que personas inocentes se vean seriamente perjudicadas.
MasQueDientes.com comenzó a difundir sus contenidos en el año 2013, primeramente en redes sociales y luego a través esta página.
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